Por tales razones, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la abogada LYDIA RIVERO TOVAR, en su carácter de defensora del acusado de autos ELISAUL ANTONIO MARTINEZ GUEDEZ, en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 26 de enero de 2005 y publicada en fecha 31 de enero de 2005, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio N° 4, Extensión Acarigua del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, mediante la cual se condenó al acusado de autos ELISAUL ANTONIO MARTINEZ GUEDEZ a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el Artículo 408, ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio de JO.....