D I S P O S I T I V A
Por todas las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio con competencia en Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, sede Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 literales a)" y e) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes DECLARA CON LUGAR la demanda de COLOCACION FAMILIAR, intentada por la ciudadana JOLLY YELITZA TORRES DE PAGUA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.448.517, en contra de la ciudadana MARY GRENNIS MEDINA MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.881.842, en beneficio de la niña (SE OMITE EL NOMBRE POR DISPOSICIÓN EXPRESA DE LEY), actualmente de dos (0.....