Por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: YELITZA DEL CARMEN DELGADO RODRIGUEZ, ya identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentó: Copia de certificado de empadronamiento en terrenos no municipales, Cedula Catastral Plano de Mensura emitidos por la Oficina de la Dirección de Catastro Comunal, Alcaldía Bolivariana del Municipio Turen, Estado Portuguesa, Copia fotostática simple de la cédula de identidad de la solici.....