declara:
¿ APROBADO Y HOMOLOGADO, el convenio celebrado entre los ciudadanos INGRID ZULAY PORTILLO COY y ROLANDO ENRIQUE ÁVILA GONZALEZ, en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada.
¿ Se fija como obligación de manutención lo siguiente: a) El progenitor se compromete a suministrarle a sus hijos la cantidad de quinientos bolívares (Bs. 500,00) mensuales, a razón de doscientos cincuenta bolívares (Bs. 250,00) quincenales, para cubrir los gastos de manutención. b) Con respecto al rubro escolar, la progenitora se compromete a enviarle al ciudadano ROLANDO ENRIQUE ÁVILA GONZÁLEZ la lista escolar de los niños con un mes de anticipación, asimismo, el progenitor se compromete a cubrir los gastos de útiles y uniformes escolares. c) Con respecto al rubro salud, los gastos de asistencia médica será cubiertos por el seguro de la Policía Regional donde se encuentran inscritos los niños. Asimismo, los gastos de medicinas serán cubiertos de por mitad por ambos progenitores, vale decir, .....