Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar, la apelación ejercida en fecha 09 de julio de 2.013, por el abogado José Samir Abouras Totúa, en su carácter de coapoderado judicial de la parte demandada, contra el fallo dictado en fecha 08 de julio de 2.013 por el Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se declara Inadmisible por Improcedente la presente acción de resolución de contrato de arrendamiento interpuesta por el ciudadano Carmine Romeo Vitale en contra de la empresa mercantil Agropecuaria Ganaves, C.A., representada por el ciudadano Octavio Arrieche Martínez, y Nulas todas las actuaciones incluyendo la sentencia apelada.
TERCERO: No hay condenatoria.....