Con base a los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: IMPARTE HOMOLOGACIÓN a la TRANSACCIÓN JUDICIAL realizada por el ciudadano JIMER JOSÉ GONZÁLEZ VALERO, parte demandante, y los ciudadanos MARCOS ANTONIO SUAREZ LINAREZ y ANA ROSELYS COLMENAREZ PÉREZ, parte demandada, asistidos por el abogado JOSÉ FRANCISCO MORENO.