Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara en los siguientes términos: PRIMERO: Se declara Admisible el presente Recurso de Apelación Con Efecto Suspensivo. SEGUNDO: Se declara Con Lugar el recurso de Apelación con efecto suspensivo que interpusiera el abogado TORO RIVAS NELSON JOSE, actuando como Fiscal Primero Auxiliar del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primara Instancia en Funciones de Control N° 3, en fecha 29 de enero de 2011, que, en la correspondiente audiencia de presentación del ciudadano YEPEZ TERAN SAMUEL ENRIQUE, decretó la nulidad de las actuaciones relacionadas con la detención del mencionado ciudadano, de la misma forma, ordenó la libertad plena del mismo; y desestimó la flagrancia y ordenó la prosecución del proceso por.....