DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal Estadal y Municipal en función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1) Se declara la aprehensión en flagrancia del ciudadano Yépez Landaeta Douglas Yoel, venezolano, natural de Guanare estado Portuguesa, de 19 años de edad, fecha de nacimiento 26-08-1994 titular de la cédula de identidad Nro 27,216.630 y residenciado en Corredor vial barrio Monseñor de linda calle 04 casa sin número frente a la empresa de cobre y aluminio Guanare, conforme con el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal.
2) Se califica el hecho como porte ilícito de arma de fuego previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley para el desarme y control de Municiones, en perjuicio del Estado Venezolano.
3) De conformidad co.....