DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 26 de abril de 2021, por el Abogado JUAN MANUEL GONCALVES DE QUINTAL, titular de la cédula de identidad Nº V-5.949.732, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.650, en su condición de Defensor Privado del acusado JOSÉ JESÚS VARGAS MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº V-27.145.073; SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada y publicada en fecha 26 de enero de 2021, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio N° 02, de este Circuito Judicial Penal, Extensión Acarigua, en la causa penal Nº PP11-P-2019-000024, mediante la cual se acordó la PRORROGA DE LA MEDIDA DE.....