DISPOSITIVO.
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 3 adscrito al Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 176 del Código Orgánico Procesal Penal Declara: Primero: IMPROCEDENTE el Recurso de Revocación interpuesto por el Abogado Alberto Martínez contra el auto de fecha 31 de Octubre del 2007. Segundo: Fija oportunidad para la realización del juicio oral y público el día LUNES 10 DE DICIEMBRE DEL 2007 a las 10:00 de la mañana.
Publíquese, regístrese en el libro respectivo, notifíquese y déjese copia certificada en archivo.
La Suscrita Secretaria Ab. Elys Aldana, adscrita al Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Mixto N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa; Certifica que las presentes copias son traslado fiel y exacto de su original cursante e.....