Por las razones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PÁEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los pronunciamientos siguientes: PRIMERO: Con lugar la demanda de Rectificación de Acta de Nacimiento planteada por el ciudadano: ORLANY ANTONIO CASU BRITO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 9.841.166, de este domicilio y SEGUNDO: Se ordena la rectificación del Acta de Nacimiento inserta en fecha 22 de Julio del 1970, bajo Nº 926, en los Libros de Registro Civil llevados por la entonces Prefectura del Distrito Páez, Actual Registro Civil del Municipio Páez, del Estado Portuguesa. TERCERO: Se ordena la Rectificación del Acta de Nacimiento inserta en fecha 22 de Julio del 1970, bajo Nº 226, en los Libros de Registro Civil llevados por el Registro Principal del Estado Portuguesa
Remítase copia ce.....