En suma, por las razones que preceden esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el presente recurso de apelación interpuesto por el ciudadano HERNANDEZ DUEÑO LUIS CARLOS, asistido por su abogado ciudadano: OSWALDO CANCINO, contra la decisión dictada en fecha 05 de diciembre del 2007, por el Juzgado de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en funciones de Ejecución Nº 2 Guanare, mediante la cual declaro SIN LUGAR, el cambio de horario solicitado por el penado ciudadano HERNANDEZ DUEÑO LUIS CARLOS.