Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de sustanciación, mediación y Ejecución de la Circunscripción del estado Portuguesa con sede en Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley procede a HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO incoado por FRANCISCO JAVIER SILVA TORRES, titular de la cédula de identidad N° 10.639.981, únicamente con respecto a las co-demandadas CONSTRUCTORA DEL ALBA BOLIVARIANA, C.A, y PDVSA AGRICOLA, S.A, extinguiendo de esta forma la instancia conforme a lo dispuesto en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil Venezolano. Se ordena la notificación de la presente decisión a las codemandadas CONSTRUCTORA DEL ALBA BOLIVARIANA, C.A, y PDVSA AGRICOLA, S.A.Y así se establece.
Publicada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, mediación y Ejecución de la Circunscripción del estado Portuguesa con sede en Acar.....