...de conformidad con lo que dispone el artículo 642 del Código de Procedimiento Civil, ORDENA LA CORRECCIÓN DEL LIBELO, en el sentido de reclamar intereses de mora en una cantidad que no exceda de la tasa del doce por ciento (12%) anual causados desde el vencimiento, calculados sobre meses de treinta días y años de trescientos sesenta días, o bien de omitirlos, además en el sentido de que se indique su domicilio de la sociedad demandante, así como en el sentido de que las cantidades expresadas en letras en el escrito de demanda, coincidan con las mismas cantidades expresadas en números.