declara:
a) CON LUGAR, el presente procedimiento de CUMPLIMIENTO DE RÉGIMEN DE VISITAS, iniciado por el ciudadano ARVIN JOSÈ FINOL URDANETA, en contra de la ciudadana MARÍA FIDELINA PERNÍA CONTRERAS, en beneficio de los niños ARVIN JOSÉ y MARIANA ALEJANDRA FINOL PERNÍA. Actuando de conformidad a lo consagrado en el artículo 387 de la LOPNA, se establece el siguiente Régimen de Visitas: se RATIFICA la Sentencia dictada por este Tribunal de Protección en fecha 07 de Marzo de 2.005, en lo concerniente al régimen de visitas. En tal sentido, el padre podrá visitar a sus hijos en la residencia donde habitan los mismos, los días lunes, miércoles y viernes, en un horario comprendido entre las dos de la tarde (02:00 p.m.) y siete de la noche (07:00 p.m.), siempre y cuando no interfiera con sus labores escolares; con respecto a las visitas los FINES DE SEMANA, el padre podrá en forma alternativa, es decir un fin de semana, compartir con sus hijos y llevárselos los días sábados a partir de la.....