Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Juicio Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, EXTORSION Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previstos en los artículos 458, 459 y 218 ordinal 1°, respectivamente del Código Penal, cometidos los dos primeros delitos en perjuicio de los ciudadanos Rafael Armando Perozo y José David Perozo, y el tercer delito mencionado contra la cosa pública, a cumplir por el lapso de dos (02) años, de manera simultanea, las medidas de REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA de conformidad a lo previsto en los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Se declara el cese de la medida cautelar de Prisión Preventiva dictada por el Juez d.....