Es por estos razonamientos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley NIEGA la admisión de la fianza otorgada por "EURO FIANZAS, S.A.", presentada por la representación judicial del demandante ORENCIO HERNÁNDEZ PÉREZ, para que se decrete la medida de prohibición de enajenar y gravar que solicitó en el escrito de la demanda.