DISPOSITIVA
Este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE la acción de Desalojo, intentada por la Sociedad Mercantil INVERSIONES ELE, C.A. en contra de la Sociedad Mercantil LAS COSAS DEL NIÑO, C.A., ambas suficientemente identificadas en la presente decisión.
Por consiguiente, se confirma en todas sus partes la Sentencia dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en fecha 29 de julio del 2.004.-
Se DECLARA SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por el representante legal de la empresa demandante. Y como consecuencia de la anterior declaratoria se condena en costas procesales a la parte apelante de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese, regístrese y déjese la copia certificada correspondiente.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Inst.....