Seguidamente por cuanto la parte demandada fue condenada en costas del Recurso de Casación ejercido por resultar totalmente vencida, tal como se evidencia en Sentencia proferida por la Sala de Casación Social de fecha 03 de agosto de 2011 y por cuanto las costas pertenecen a la parte, quien pagara los honorarios a sus apoderados, tal como lo establece el articulo 23 de la Ley de Abogados, y siendo que no fueron generaradas costas en primera y segunda instancia de conformidad con el articulo 274 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por analogía de conformidad con el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, las partes manifiestan su voluntad de celebrar acuerdo en cuanto a las costas y costos se refieren, en consecuencia la parte demanda a través de su apoderada judicial solicita le sea cancelado por concepto de costas y costos la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000), cantidad que cancela la parte demandada en este acto a través de cheque N° 032168.....