Este Juzgado de Juicio Nº 1, constituido en Tribunal Unipersonal, del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide de la siguiente manera:
PRIMERO: CONDENA al acusado RAMON ALBERTO TORRES ROJAS, de 24 años de edad venezolano, natural de Acarigua, soltero, obrero, nacido el 06-03-81, hijo de Ana Yancy Rojas y Ramón Alberto Torres, cédula de identidad Nº 20.157.328, residenciado en el callejón "B" con avenida Gonzalo Barrios, casa Nº 13, Barrio el Algarrobo, Acarigua, Estado Portuguesa, a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS, SEIS (6) MESES DE PRISION, más las accesorias de ley, a saber: 1º La inhabilitación política durante el tiempo de la condena, y 2º La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada ésta, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR HABERSE COMETIDO EN LA EJECUCION DEL DELITO.....