DISPOSITIVA.
Con fundamento en las anteriores consideraciones este Tribunal Unipersonal en funciones de Juicio Nº 02, del Primer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ABSUELVE al ciudadano Henry José Herrera Matute, de 25 años de edad, soltero, fecha de nacimiento 11/01/1986, natural de Guanare, Estado Portuguesa, de profesión u oficio Latonero, residenciado en el barrio 23 de Enero, calle Páez, casa sin número de Guanare Estado Portuguesa titular de la cédula de identidad V-18.668.771, por la comisión de los delitos de robo agravado y porte ilícito de arma de fuego, previsto y sancionado en el articulo 458 y 277 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de Elvis Argenis Sánchez Vivas y el Estado Venezolano, imputados por la representante de la Fiscalía Tercera del Ministerio Publico del Ministerio Público.
Dada la nat.....