Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. SU COMPETENCIA para conocer la Acción de Amparo Constitucional, conjuntamente con Medida Cautelar Innominada de Suspensión de los Efectos de la Sentencia, interpuesta por el ciudadano: GIOVANNI ALFREDO LUCCI LAMEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.941.301, debidamente asistido por el Profesional del Derecho ciudadano: NELSON MARÍN PÉREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.745, contra LA DECISIÓN DICTADA, EN FECHA 12 DE MARZO DEL AÑO 2015, POR EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, presidido por el Juez Titular Abogado: JOSÉ GREGORIO M.....