Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, propuesta por el ciudadano: JUAN ARMANDO SAA TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.773.643, con citación de su cónyuge la ciudadana: FRANCINELYS RAMOS DE SAA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 19.278.911, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil.
En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos JUAN ARMANDO SAA TORRES y FRANCINELYS RAMOS DE SAA, en fecha ocho de mayo del año dos mil trece (08/05/2013) por ante la Oficina del Registro Civil del Municipio Pedro Manuel Rojas, Parroquia Palacio Fajardo es.....