En consecuencia, este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE la tramitación de la solicitud de reconocimiento de documento privado, suscrita por la ciudadana MARIANGELA COROMOTO HERNÁNDEZ ORTEGA, debidamente asistida por el abogado José Gregorio Hernández Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 27.057.