CAPITULO VI
DIPOSITIVO:
Por las razones expuestas, este Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por MARIA LUCIA GONZALEZ FRAGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.564.217 contra C.A. METRO DE CARACAS, los conceptos a cancelar quedaron especificados precedentemente, en la motiva del presente fallo; SEGUNDO: No se condena en costas.