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Decisiones del dia 09/12/2016

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : PP01-L-2016-0000111 N° Sentencia : Fecha: 09/12/2016
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
DDE: CLAUDIO RAMÓN RIVERO GRATEROL DDA:RAMON JOSE FERNANDEZ QUEVEDO.
Resumen:
INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR En el día de hoy 09 de noviembre de 2016, el alguacil de guardia anuncia el acto en tres oportunidades y este Juzgado deja expresa constancia de la comparecencia de los apoderados judiciales de la parte demandada, abogados Rafael Ángel Páez Linares y Cesar Gustavo Torrealba inscrito en el I.P.S.A, bajo los números 93.217 y 119.342, respectivamente, tal como consta en instrumento Poder el cual se anexa. Asimismo se deja constancia de la INCOMPARECENCIA del demandado Claudio Ramón Rivero Graterol, quien no se hace presente por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por tanto es forzoso para este Juzgado aplicar las consecuencias jurídicas establecidas en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia; En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Déjese transcurrir el lapso de Ley correspondiente. Leída la presente acta conforme.....
Juez/Ponente:
Delivett Zujeidy Quevedo Vázquez
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : PP01-L-2016-0000167 N° Sentencia : Fecha: 09/12/2016
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
DDE: CARLOS ALBERTO GARCIA, DDA: MOADA IZI EZZI Y PANADERIA, PASTELERIA Y CHARCUTERIA EL TULIPAN
Resumen:
DE LA HOMOLOGACION Examinados los términos de la transacción, se evidencia que el demandante, ex trabajador, actuó personalmente asistido de abogado, manifestando que éste profesional del derecho es de su absoluta confianza; y la sociedad mercantil demandada, debidamente representada a través de su apoderada judicial, quien se encuentra plenamente facultada para transigir y convenir, tal y como se evidencia del poder que riela a los autos, cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso. Asimismo, se aprecia que en el acuerdo se actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y que la transacción se encuentra debidamente circunstanciada en cuanto a la motivación de la misma y los derechos en ella comprendidos, por lo que se acuerda concederle la homologación a la declaración de voluntad manifestada en el presente acuerdo, y el pase en autoridad de cosa juzgada. Finalmente, visto que el acuerdo alcanzado a través de un proceso de Mediación, e.....
Juez/Ponente:
Delivett Zujeidy Quevedo Vázquez
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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