D E C I S I O N:
Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por el ciudadanoHECTOR RAMÓN RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-21.059.479, domiciliado en la ciudad de Araure Municipio Araure del Estado Portuguesa; debidamente asistido por el abogado en ejercicioJOSÉ SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.791.597 e inscrito en el IPSA bajo el N° 315.004, adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública, con competencia ampliada en Materia Civil, con ocasión a la Jornada de Tribunal Móvil, ordenada por el Tribunal Supremo de Justicia.De conformidad con lo establecido en el articulo 185 del Código Civil y e.....