Este Juzgado Superior Séptimo (7º) del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandante contra la sentencia de fecha 20 de abril de 2017, dictado por el Juzgado Quinto (5º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se exonera de Costas a la parte desfavorecida en la decisión, conforme lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.