Ahora bien, en esta misma fecha visto que no se encuentran presentes los escabinos sorteados en fecha 20/01/2011 y a solicitud del Acusado acerca de la Constitución del Tribunal Unipersonal, sin que las partes presentes se opusiesen; este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Guanare, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sobre la base del criterio jurisprudencial señalado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en decisión Nro. 3744 emanada en fecha 22-12-2003, resuelve ordenar la celebración del juicio oral y público de manera UNIPERSONAL en la presente causa que se instruye al acusado: RAFAEL ANGEL BORJAS TORREALBA, Venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 33 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.328.107, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el articulo 405 del Código Pena.....