Por los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo dispuesto en el artículo 269 ejusdem, DECLARA: PERIMIDA LA INSTANCIA la presente solicitud de DIVORCIO conforme a lo establecido en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, amparada en la sentencia Nº 693 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha dos (2) de junio de 2015, bajo la ponencia de la Magistrada CARMEN ZULETA DE MERCHÁN, presentada por la ciudadana LESLIE ESTHER CHING AVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 15.129.198, domiciliada en el municipio Lagunillas del Estado Zulia, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio, ciudadana.....