Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal 1ro de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Portuguesa con sede en Acarigua, conforme al artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley INADMISIBLE la presente demanda incoada por la ciudadana ELIANYI ESCORCHE, titular de la cédula de identidad N° 12.262.828, contra la empresa AGRICOLA DONELLO AGRIDO, C.A, (AGRIDOCA)..
Regístrese y Publíquese la presente decisión, a los diez días del mes de abril de 2024