QUINTO
Por las razones expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, CON FUNCIONES DE CONTROL N° 1 SECCIÓN ADOLESCENTES, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo establece el numeral 2 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO y declara concluido el presente procedimiento seguido al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), identificado UT SUPRA, por el delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, en perjuicio del ciudadano MEJIAS RAMIREZ JOSE GREGORIO. Así se decide.
Dado, Sellado y Firmado en la Sala de Audiencia del Tribunal de Responsabilidad Penal del Adolescente con sede en la Ciudad de Guanare, Estado Portuguesa, a los Diez (23) días del mes de Julio del año Dos Mil Ocho.
LA JUEZA DE CONTROL No 1
ABG. SENAI.....