PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y 177 Parágrafo Segundo literal "g" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, presentada por los cónyuges WILIAN YOEL ALVARADO VILLEGAS y NAIDA JESUS SANCHEZ LARA, plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos WILIAN YOEL ALVARADO VILLEGAS y NAIDA JESUS SANCHEZ LARA, plenamente identificados en autos, por ante el Registro Civil del Municipio Papelón del estado Portuguesa, según consta de Acta de Matrimonio Nro. 11, Folios 30 y 31 fte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 184 del Código Civil Venezolano.
TERCERO: HOMOLOGADOS los convenios suscritos entre las partes en relación al ejercicio de la Patria Potestad, Responsabilidad de Crianza, Custodia, Régimen de Convivencia Familiar y Obligación de Manutención, en los mismos términos establecidos en la solicitud, por no ser contrarios a derec.....