DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana: Noraima Hidalgo Hidalgo, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 24.143.916, en representación de sus hijos: xx y xx, contra el ciudadano: Fabián Aldana Canelón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.255.618, domiciliado en la Loma de Jumangal, más allá de Bocono Estado Trujillo, y fija la cantidad de trescientos bolívares (Bs. 300,oo), mensuales, y el doble de dicha cantidad en el mes diciembre de cada año para estrenos decembrinos, y medicina cuando lo amerite. Se ordena que dicha cantidad sea depositada por ante el Banco Bicentenario en una cuenta de ahorro que será aperturad.....