ISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad con el artículo 559 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente acuerda:
PRIMERO: ACUERDA CON LUGAR LA DECLIANTORIA DE COMPETENCIA DE LA PRESENTE CAUSA AL JUZGADO DE JUICIO SECCION PENAL ADOLESCENTE EXTENSION ACARIGUA en virtud de cese de los motivos de la inhibición de la Jueza Abg. Zulay Rojas de Márquez, ordenándose remitir las presentes actuaciones al Juzgado de Juicio Sección Penal Adolescente extensión Acarigua, se deja constancia que la motiva constara por auto separado, quedando las partes notificadas en la sala.
SEGUNDO: Se ordena remitir la presenta causa al Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en.....