DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos ampliamente expresados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Se admite totalmente la acusación interpuesta en contra de los adolescentes (Identidades Omitidas); por la comisión de uno de los delitos contra la propiedad, específicamente los delitos de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, y el delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 ordinales 1, 2, 3 y 10 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del ciudadano Adonai Aparicio Ereu Alvarez. Así se acuerda.-
Segundo: Se admite la totalidad de los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público, por lo.....