Por los fundamentos ya expresados, este Tribunal de Primera instancia en función de Control N° 3, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1) Se ordena la apertura al juicio oral y publico
2) Se ratifica la medida cautelar de privación de libertad
3) Se ordena librar oficio al departamento de Psicología de los servicios Auxiliares de Lopna, a los fines de que la ciudadana Judith del Carmen Hidalgo, sea practicado Examen psicológico,
4) Se insta a las partes para que concurran al tribunal de juicio en un lapso cinco (05) días, Se deja constancia que la motiva de la presente decisión constara por auto separado.
Juez de Control N° 3, Abg. Rafael Clemente Mujica. La Secretaria; .....