DISPOSITIVA:
En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal IV de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, constituido en Tribunal Unipersonal, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano DOMINGO ARTURO MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.449.944, residenciado en la casa No. 16 ubicada en la calle 2 con avenida 01 del Barrio la Batalla de Acarigua, Estado Portuguesa; por la comisión del delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL, previsto y sancionado en el encabezamiento del Artículo 412 del Código Penal, en perjuicio de OSCAR ALBERTO ARTEAGA PINEDA.
No se condena en costas al Estado Venezolano, por considerar el Tribunal que el Ministerio Público tuvo motivos racionales para acusar.
Se acuerda la Libertad Plena del ciudadano DOMINGO ARTURO MARIN, de conformidad con lo previsto en el Encabeza.....