Así de la lectura de la diligencia presentada por la parte demandante en tercería, el ciudadano HEBER MANUEL PERNIA GOTERA, se desprende la clara exposición de la parte actora de renunciar y extinguir el proceso, en forma pura y simple sin violentar o afectar bienes de especial tutela agraria, este Tribunal debe necesariamente HOMOLOGAR el desistimiento de la acción en tercería. Así se decide.-