Que en fecha 09-08-2010, este Tribunal Dictó Auto Ejecutorio, según el cual se evidencia que el penado GONZALEZ VASQUEZ FELIX MANUEL, cumple la totalidad de la pena el día de hoy (11-09-2013), por tal razón este Tribunal de Ejecución Nº 2 DECLARA cumplida la pena y como consecuencia de ello queda extinguida la responsabilidad Penal, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 105 del Código Penal Venezolano. Así se decide.
En otro sentido, por cuanto este Tribunal tiene conocimiento de que el penado GONZALEZ VASQUEZ FELIX MANUEL, se encuentra a la orden del Tribunal de Juicio Nº 2, de este Circuito Judicial Penal, se acuerda informar a dicho Juzgado a los fines de informar acerca de la Extinción de la Pena y a su vez se le hace saber que el mismo quedara a la orden de ese Despacho Judicial.
Remítase Copia Certificada de la presente Decisión a la Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso, Dirección de Prisiones del Ministerio .....