DECISIÓN.
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Competente para conocer de la presente inhibición propuesta por el abogado OSMIYER ROSALES CASTILLO actuando como Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa, sede Acarigua.
SEGUNDO: CON LUGAR la inhibición propuesta por el abogado OSMIYER ROSALES CASTILLO actuando como Juez regente del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa, sede Acarigua.
.
TERCERO: Se ordena la remisión directa e inmediata de las actas procesales al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Acarigua, para así dar continuidad al procedimie.....