el cierre informático del mismo. Así se Establece.
DISPOSITIVO:
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la demanda contencioso administrativa de nulidad, incoada por ENOLYS MOGOLLON, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 13.855.195, contra la MANUEL ANTONIO GOITIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.713.928 contra la Providencia Administrativa No 53-99, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 06-10-99, en la cual se declaró con Lugar la Solicitud de Calificación de faltas interpuesta por la COMPAÑÍA ANONIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FO.....