DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio, propuesta por el Abogado en ejercicio JEAN CARLOS OLIVAR GIL, titular de la cédula de identidad Nº 23.578.173, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 274.298, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos GERSON JOSÉ MAZONES MORENO y STEPHANY COROMOTO CARRASQUERO BENITEZ, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las cédulas de identidad Nros 21.024.242 y 28.351.136, respectivamente, cónyuges entre sí, ambos de este domicilio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil.
SEGUNDO: bajo la premisa del Artículo 184, queda DISUELTO el vínculo conyugal cont.....