Por todos los fundamentos antes expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE DEMANDA, intentada por ciudadano PASQUALE TERRONE VANCI en contra de la ciudadana LISETH BRACHO BASABE, ya identificados en actas, con motivo del juicio de DESALOJO, derivado de un Contrato de Arrendamiento verbal. En consecuencia este sentenciador sentencia o decide: PRIMERO: La desocupación inmediata del inmueble ubicado en el Avenida Principal del sector La Rosa Vieja, de la Parroquia La Rosa de esta Ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia, y cuyos linderos y medidas son: Norte. Con propiedad que es o fue de Antonio Aranguren y mide cuarenta metros (40 Mts); Sur: Con propiedad que es o fue de la Sucesión de Lucio Torres y mide cincuenta metros (50Mts); Este: Con terrenos que son o fuer.....