Seguidamente este Tribunal de juicio N° 3 , oídas las partes dicta los siguientes pronunciamientos EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDA DE LA LEY: 1°) Declara sin lugar la excepción opuesta por los representante legales del querellado ESCARRA MALAVE FERNANDO JOSE ; y admite los medios de pruebas 2 °- Declara Extemporáneos los medios de pruebas ofrecido por la parte querellante de conformidad con el articulo 412 del código orgánico procesal penal, ya que el querellante debió presentar las pruebas tres días antes del acto que hoy se celebra y se encuentra el tribunal que los presento dos días antes y como efecto de la extemporaneidad de las pruebas se considera un disentimiento de la acción penal conforme al articulo 416 del Código Orgánico Procesal Penal, por parte del querellante. 3°) Declara Extinguida la acción penal de conformidad con el articulo 48 ordinal 3° eiuisden y en consecuencia decreta el Sobreseimiento de la causa c.....