4.-Admitido los hechos por el acusado el tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, pasa a dictar sentencia por la que condena al ciudadano Davila Toro Efigenio, venezolano, mayor de edad, natural de Guanare estado Portuguesa, de 42 años de edad, nacido el 01-06-1963, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad N° V.- 6.110.434, residenciado Barrio Las Ameritas calle principal casa sin numero por la comisión del delito de porte ilícito de armas y resistencia a la autoridad, previsto y sancionado en los Artículos 218 numeral 1° y 277del Código Penal , en concordancia con el articulo 9 de l Ley de Armas y Explosivos cometido en perjuicio del Estado Venezolano, a cumplir la pena Dos(2) años, Siete(7) Meses y Dieciocho(18) Días y Tres(3) Horas de prisión, por la comisión de los delitos de delito de porte ilícito de armas y resistencia a la autoridad, previsto y sancionado en los Artículos 218 numeral 1° y 277del Código Penal , en co.....