DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado ALEXIS JOSÉ TORREALBA GARCÍA, en su condición de Defensor Privado del acusado ROLANDO JOSÉ GONZÁLEZ GÓMEZ; SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 25 de enero de 2013, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 04, de este Circuito Judicial Penal, Extensión Acarigua, mediante la cual niega la solicitud de decaimiento de la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial decretada al referido acusado; y TERCERO: se INSTA al Juez de Juicio N° 04, Extensión Acarigua, para que extreme todos los medios a su alcance, dentro de las funciones y atribuciones inherentes a su cargo.....