DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: SIN LUGAR el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la entidad de trabajo APROSCELLO, a través de sus apoderados judiciales abogados Nersa A. Ortiz V., y Euber J. Antillano R., antes identificados, contra la providencia administrativa Nº 440-2015 de fecha 31/08/2015.
Publicada en el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua, a los 12 días del mes de Mayo del año dos mil diecisiete (2017).
Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
LA JUEZ LA SECRETARIA .....