TERCERO:
Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Control N° 1, Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Decreta el Sobreseimiento Definitivo a favor del adolescente Imputado: (IDENTIDAD OMITIDA), plenamente identificado en autos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 568 de la Ley Orgánica para La Protección del Niño y del Adolescente. Ofíciese lo conducente al Equipo Técnico Multidisciplinario.
SEGUNDO: Se ordenará la remisión de la presente Causa signada con el Nº 1C-689-12 al Archivo Judicial, una vez cumplido los lapsos legales correspondientes.
En la ciudad de Guanare, a los 12 días del mes de Junio del año Dos Mil Trece.
La Juez de Control N° 1,
Abg. SENAIDA ROSALIA GONZALEZ SANCHEZ.
La Secretaria
Abg. NAYMAR CORDERO.