Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
A) CONSUMADO el acto procesal de CONVENIMIENTO, realizado por la Asociación Civil CENTRO ALTERNATIVO DE DESARROLLO INTEGRAL (CENADI), representada por su apoderado judicial ANGEL CIRO GONZÁLEZ MATOS y el ciudadano JOSÉ RAUL DE LA SANTISIMA TRINIDAD RUIZ, parte co-demandada en el presente juicio, en consecuencia, se homologa el mismo, dándole el carácter de cosa Juzgada en lo que respecta a dicho ciudadano, y por último este Juzgado se abstiene de archivar el expediente.
B) En cuanto a las costas procesales se deja constancia que las partes en uso del principio de la autonomía de la voluntad determinaron las mismas en el acto contentivo del convenimiento, por lo cual el Tribunal se abstiene de hacer p.....